EN ISO 20345: todo lo que necesitas saber sobre la normativa de calzado de seguridad
La norma EN ISO 20345:2022 es la referencia legal vigente para el calzado de seguridad en España y la UE desde enero de 2024. Averigua todo lo importante sobre ella en este post.
La norma EN ISO 20345:2022 es la referencia legal vigente para el calzado de seguridad en España y la UE desde enero de 2024. Clasifica el calzado en categorías de la SB a la S7 según sus prestaciones de protección. Todo calzado de seguridad es un EPI y debe llevar marcado CE conforme al Reglamento (UE) 2016/425. Elegir bien no es opcional: es una obligación legal y una decisión que puede evitar accidentes graves.
La norma EN ISO 20345:2022: qué es y cuándo entró en vigor
La norma que regula el calzado de seguridad en España y en toda la Unión Europea es la EN ISO 20345:2022, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el 11 de mayo de 2023 y en vigor como única referencia válida desde el 11 de noviembre de 2024, fecha en la que dejó de poder coexistir con la versión anterior de 2011.
Esta norma, desarrollada por el Comité Europeo de Normalización (CEN) y adoptada en España a través de AENOR como UNE-EN ISO 20345:2022, establece los requisitos técnicos mínimos que debe cumplir cualquier calzado de seguridad: diseño, resistencia al impacto, flexión, permeabilidad, resistencia al deslizamiento, espesores de materiales y comportamiento ergonómico.
Junto a esta norma principal existen otras dos de la misma familia que conviene no confundir:
- - EN ISO 20346:2022 — calzado de protección (puntera de 100 J, no de 200 J).
- - EN ISO 20347:2022 — calzado de trabajo (sin puntera de protección mecánica, orientado a ergonomía y confort).
Un dato importante para responsables de compras: los certificados emitidos bajo la norma de 2011 siguen siendo válidos hasta su fecha de caducidad, que es de cinco años desde la expedición. No hay que tirar el stock existente por el simple hecho de que la norma haya cambiado; sí hay que asegurarse de que el calzado nuevo que se adquiere ya cumple con la versión de 2022.
Tipos de calzado según la normativa: seguridad, protección y trabajo
Antes de entrar en categorías concretas, es importante entender que no todo calzado laboral es igual ni ofrece la misma protección. La normativa distingue tres grandes tipos:
- - Calzado de seguridad (S) — EN ISO 20345 Es el más completo. Incorpora puntera capaz de resistir impactos de 200 julios (equivale a un objeto de 20 kg cayendo desde 1 metro de altura) y una compresión de 15 kilonewtons (1.500 kg). Es obligatorio en todos los entornos con riesgo mecánico significativo: construcción, industria, logística, obras, talleres...
- - Calzado de protección (P) — EN ISO 20346 Incorpora puntera de 100 J, no de 200 J. Pensado para entornos con riesgo medio. Mantiene muchas de las prestaciones opcionales del calzado de seguridad pero con un nivel de exigencia algo menor.
- - Calzado de trabajo (O) — EN ISO 20347 No incluye puntera de protección mecánica. Se centra en ergonomía, confort y seguridad pasiva: resistencia al deslizamiento, absorción de energía en el talón, resistencia a hidrocarburos... Es el más habitual en sanidad, hostelería, limpieza o distribución interior, donde el riesgo de impacto sobre el pie es bajo o inexistente.
Elegir entre uno y otro no es una cuestión de preferencia: depende de la evaluación de riesgos del puesto de trabajo, que es responsabilidad del técnico de prevención de riesgos laborales de la empresa.
Marcados adicionales que debes conocer: SR, WR, WPA, P, HI, CI y más
Además de la categoría principal (S1, S3, etc.), el calzado puede incorporar marcados adicionales que indican prestaciones específicas. Son los que realmente permiten afinar la elección según el entorno concreto de trabajo:
- - SR — resistencia al deslizamiento sobre baldosa con glicerina (prueba opcional, más exigente que la obligatoria).
- - WR — calzado completamente impermeable mediante membrana interior (como Gore-Tex). Mantiene los pies secos incluso en inmersión parcial.
- - WPA — resistencia a la penetración y absorción de agua en el corte (antes denominado WRU). No es membrana impermeable, sino tratamiento hidrofugado.
- - P — plantilla antiperforación metálica (ensayo con punzón de 4,5 mm).
- - PL — plantilla antiperforación no metálica, ensayo con punzón de 4,5 mm.
- - PS — plantilla antiperforación no metálica, ensayo con punzón de 3 mm (mayor protección frente a objetos muy finos).
- - HI — aislamiento contra calor de contacto en la suela.
- - CI — aislamiento contra frío en la suela. Imprescindible en cámaras frigoríficas.
- - HRO — suela resistente al calor por contacto (hasta 300 °C). Para fundición o soldadura.
- - A o ESD — propiedades antiestáticas o de disipación electrostática. Relevante en entornos con riesgo de chispa o explosión.
- - E — absorción de energía en el talón.
- - FO — resistencia de la suela a combustibles e hidrocarburos (marcado ahora opcional, antes obligatorio para S1-S5).
- - SC — nuevo en la norma 2022. Resistencia a la abrasión de la puntera por roce con el suelo.
- - Ø — el calzado no ha podido someterse a la prueba de deslizamiento estándar (superficies especiales, clavos, tacos metálicos...).
Ejemplo práctico: un trabajador de construcción en obra exterior que manipula materiales pesados y trabaja en suelos irregulares necesita como mínimo un calzado S3 WR SR. Si trabaja en zonas con riesgo eléctrico, añade ESD. Si lo hace cerca de soldadura, busca HRO.
Marcado CE en el calzado de seguridad: qué significa y por qué es obligatorio
Todo calzado de seguridad comercializado en la Unión Europea debe llevar el marcado CE, conforme al Reglamento (UE) 2016/425 sobre equipos de protección individual. Este marcado no es un simple logotipo: certifica que el producto ha superado los ensayos técnicos exigidos por la normativa y que existe un organismo notificado que lo avala.
En la etiqueta interior o en la lengüeta del calzado debes encontrar:
- 1. El marcado CE visible, legible e indeleble.
- 2. La referencia a la norma (UNE-EN ISO 20345:2022 o la versión anterior si está dentro del período de validez).
- 3. La categoría de protección (S1, S3, S5...) y los marcados adicionales correspondientes.
- 4. El pictograma que identifica el calzado como EPI.
- 5. La fecha de fabricación (importante para calcular la vida útil).
Comprar calzado sin marcado CE es ilegal en España, tanto para el fabricante o distribuidor como para la empresa que lo proporciona a sus trabajadores. Además de la ilegalidad, en caso de accidente, la ausencia de homologación puede tener consecuencias graves en términos de responsabilidad civil y sanción administrativa. Más información sobre las certificaciones de seguridad laboral obligatorias en el blog de Azules de Vergara.
Qué calzado corresponde a cada sector profesional
La normativa no establece un calzado único para todos los trabajos: establece un marco de requisitos que cada empresa debe aplicar en función de su evaluación de riesgos. Sin embargo, hay recomendaciones sectoriales bien consolidadas:
- - Construcción y obra: entorno de alto riesgo: objetos pesados, superficies irregulares, humedad, clavos y punzantes en el suelo. La referencia habitual es S3 o S3S, con suela de resaltes, antiperforación y resistencia al agua. En obra exterior con barro o agua, WR es casi indispensable. Consulta nuestra guía de calzado de seguridad según el sector profesional para ver más detalles.
- - Industria y talleres: dependiendo del proceso: fundición, química o mecánica pueden requerir desde S2 hasta S5 con marcados HRO, HI o ESD. En entornos con aceites o combustibles, el marcado FO sigue siendo relevante aunque ya no sea obligatorio.
- - Logística y almacenes: riesgo moderado, pero real: carretillas, transpalés, caídas de cajas. Un S1P o S1PL suele ser suficiente, priorizando ligereza y comodidad para jornadas largas. Para trabajadores que pasan muchas horas de pie, la ergonomía es tan importante como la protección: los zapatos cómodos para largas jornadas de pie tienen características específicas que merece la pena conocer.
- - Sanidad y laboratorios: no suele requerir puntera de 200 J. El calzado de trabajo (EN ISO 20347) antideslizante, antibacteriano, fácil de limpiar y cómodo para jornadas largas es el más adecuado. Los zuecos sanitarios o los zapatos cerrados con marcado SR son la opción más habitual.
- - Hostelería y cocina: superficies húmedas, grasas y caídas de utensilios. Se recomienda calzado con SR obligatorio y, si hay riesgo de impacto por objetos pesados (en cocina industrial), se puede valorar una puntera de protección ligera. La comodidad y la transpirabilidad son factores clave para jornadas de ocho o más horas.
- - Industria alimentaria: normativa específica (Reglamento (UE) 852/2004 e IFS Food) que afecta también al calzado. Se exige que sea fácil de limpiar, sin elementos que puedan contaminar el producto, antideslizante y, según la zona, resistente a bajas temperaturas. Más detalles en el artículo sobre vestuario laboral en la industria alimentaria.
Cuánto dura un calzado de seguridad: vida útil y caducidad según la normativa
El calzado de seguridad no es un bien eterno. La normativa obliga a los fabricantes a indicar la fecha de fabricación y establece criterios orientativos de obsolescencia en función de los materiales:
- - Calzado de piel, goma, materiales termoplásticos y EVA: hasta 10 años desde la fabricación.
- - Calzado con PVC: hasta 5 años desde la fabricación.
- - Calzado con PU o TPU: hasta 4 años desde la fabricación.
Estas son fechas máximas de almacenamiento sin uso. En condiciones de uso intensivo, el calzado se desgasta mucho antes. La recomendación práctica es revisarlo visualmente cada 6 a 12 meses y sustituirlo cuando aparezcan señales de desgaste en la suela, deterioro de la puntera, pérdida de la plantilla antiperforación o cualquier daño estructural visible.
El desgaste no siempre es obvio desde fuera. Una suela que aparentemente tiene relieve puede haber perdido su capacidad de disipación de energía. Una puntera que ha recibido un impacto fuerte puede estar internamente deformada aunque externamente no se vea. En caso de duda, sustitución. Para más contexto sobre cuándo renovar el equipamiento laboral, te puede interesar el artículo sobre cada cuánto renovar la ropa de trabajo.
En el blog de Azules de Vergara encontrarás más guías como esta, orientadas a ayudarte a navegar la normativa laboral con criterio. Y cuando tengas claro lo que necesitas —o si todavía te surgen dudas—, visita nuestra tienda online de calzado de seguridad o pásate por nuestro showroom en Madrid: llevamos más de 100 años asesorando a empresas de todos los sectores y sabemos exactamente qué calzado encaja con cada puesto de trabajo.
Fuentes de referencia: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), AENOR, Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 773/1997, Reglamento (UE) 2016/425.
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